En resumen: hace pagar a justos por pecadores.
El canon, esa inocentada sin gracia |
No se puede tolerar una norma nacional que no establece ninguna diferencia entre las copias privadas realizadas a partir de fuentes lícitas y aquellas que se realizan a partir de fuentes falsificadas o piratas.En resumen: que si vas a pagar tanto por hacer las cosas bien como por hacerlas mal, ¿cuál es el beneficio de hacerlas bien?
En efecto, por un lado, admitir que tales reproducciones pueden realizarse a partir de una fuente ilícita fomentaría la circulación de obras falsificadas o piratas, lo que disminuiría necesariamente el volumen de ventas u otras transacciones legales relativas a las obras protegidas y, en consecuencia, menoscabaría la explotación normal de éstas.
Más información sobre la sentencia del TJUE sobre el canon de copia privada en Noticias jurídicas.
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